El asunto es más interesante de lo que en un principio parece, de momento las conclusiones que voy sacando son las siguientes:
- Existe un acuerdo entre VOLVO y BNP en virtud del cual la financiera vende su producto (financiación) en virtud de un bien de consumo (coche).
- La empresa automovilística puede permitirse ofertar sus vehículos con un descuento para el cliente que incluso teniendo en cuenta los intereses a pagar resulta más ventajoso que pagando de contado.
- El cliente paga cómodamente sin tener que hacer un desembolso inicial tan abultado y la empresa automovilística va recuperando parte de ese descuento incial en concepto de alguna parte de los intereses que mensualmente estamos pagando a la financiera.
-Se nos pide que mantengamos la financiación unos determinados meses (los suficientes para abonar la totalidad de los intereses en ese plazo) y así cuadrarles las cuentas.
- Cuando el cliente sale del concesionario con su coche ya financiado para su casa, su compromiso de pago con respecto a la empresa automovilística ha quedado resuelto, por lo tanto si no hay nada firmado que indique lo contrario, no puede serle reclamado nada al cliente.
- El vínculo crediticio queda establecido desde el momento de la firma exclusivamente entre la financiera y el cliente, por lo cual si esta permite la cancelación total y/o parcial de parte o la totalidad del capital firmado esta puede resolverse abonando el tanto por ciento de interés que corresponda según el caso, la banca nunca pierde.
- Quien pierde en este caso es la automovilística que contaba con parte de un dinero mensual vinculado a un número concreto de operación financiera y que se ve truncada al amortizar ese capital que quedaba pendiente, aunque supongo que también participaría de ese tanto por ciento que la financiera cobrase sea cual fuere el tipo de amortización.
Esto es hasta aquí lo que he podido entender, después ya podemos volver a divagar entre lo moral, lo ético, el valor de la palabra dada y lo que queramos, pero los números son más crudos y fríos que todo eso y legalmente parece ser que no tiene mucha más vuelta de hoja. Sería interesante si alguien pudiese consultar el caso en alguna asociación de consumidores.
http://www.cetelem-empleo.es/cetele...vo-car-para-la-financiacion-de-sus-vehiculos/
http://www.expansion.com/ahorro/2017/12/10/5a29361de2704eff188b45a2.html