Referencias a la OMIC

ventus

Miembro Novato
27 Oct 2006
9
0
2025
Hola a todos.

Soy un recién llegado, y leyéndo los post, que son interesantísimos, me doy cuenta que ante los problemas sólo tenemos el recurso de la Omic. He leido cosas como "Ve a la Omic y se les cae el pelo", "Les cierran el negocio", "Les meten una multa".... cosas así que no son ciertas.

Lo primero que hay que saber, es que a la Omic no se va a denunciar, sino a reclamar, que no es lo mismo. La omic, es un simple árbitro que da la razón o se la quita al reclamante.

Mirad, yo tuve un problema, con mi otro coche, y decidí pedir la hoja de reclamaciones, que no la de "denuncia" ante la impotencia de ver que mi problema no se solucionaba.

La omic, se puso en marcha y depués de un mes, sin saber nada, llamé y me dijeron: "Usted tiene la razón, la marca no está respetando la ley de garantía" Y dije yo: "Vale, ok, y...???" A lo que me contestan: "Pues nada, si quiere usted váyase a un juzgado, aquí ya hemos terminado nuestro trabajo"

Para que veáis que no llegas a ningún sitio por la via Omic, cuando no hay intención por la otra parte de arreglar el asunto.

A un concesionario le hace mas daño una queja ante la central de la marca, que ante la Omic.

En lo que respecta a las líneas de atención al cliente, creo que debéis saber también que son empresas que trabajan para varias marcas. No se el caso específico de Volvo, pero en mi terreno, mi marca (multinacional electrónica), tiene contratado un servicio de atención al cliente a una empresa que está en Santiago de Compostela, que lo mismo te atiende una llamada de una marca de TV, de una marca de galletas o de una marca de vinos.

Lo mejor, es no alterarse e intentar solucionar los problemas directamente con los concesionarios, si no nos hacen caso entonces..... >disp> >disp> >disp> jajajajaja es broma

Saludos a todos

Ventus
 
si y no, los bandos de las omics son ejecutivos, si el reclamado no los cumple la propia omic lo envia al juzgado para que el juzgado ejecute el bando sea por embargo, etc etc
 
tu no seras gallego?
 
Hola tortilla, no soy gallego.

Te digo que en mis propias carnes viví lo que te he contado. Y la Omic no llegó al tema del juzgado. Eres tu quien tiene que "Denunciar" en el juzgado; Ahora sí está bien empleado el término.


Saludos

Ventus
 
JAD

V4L

Miembro Master
pues en mi caso un cliente me llevo ante la omic y aunque no tenia la razon se la dieron obligando a la devolucion completa del importe de la obra, no hice caso al laudo y no se lo devolvi y a los pocos meses me llego la reclamacion via judicial y en los documentos se expone que la solicitud la efectuo la propia Omic.
 
Pues macho, no me lo explico, >;F) >;F)

Como no fuera el primo de Zapatero....


Saludos

Ventus
 
ventus dijo:
Pues macho, no me lo explico, >;F) >;F)

Como no fuera el primo de Zapatero....


Saludos

Ventus


;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)>
 
;>)> ;>)> ;>)> ;>)> ;>)>
Creo que Tortilla tiene razón. Pero la OMIC tiene la potestad de mojarse o no mojarse y puede hacer o no la denuncia.
En cualquier caso, si la OMIC te da la razón y la denuncia la haces tu, tiene un peso enorme en un juzgado, decisivo diria yo. Por eso cuando a un comercio le llega la resolución de la OMIC, se suelen plegar, saben que si llega a via judicial no tienen nada que hacer y encima tendrán que pagar (si pierden, que es lo más problable) las costas del juicio y el abogado de la parte contraria.
Yo conozco ambas situaciones y, en cualquier caso, siempre que se ha llegado a jucio, ha perdido el comercio.

Hay comercios que, de antemano, se sujetan a la intermediación, con lo que la resolución de la OMIC es vinculante, como si fuera resolución judicial.
Por favor, si hay algún legulello, que corrija las burradas que haya podido poner. >brind> >brind> >brind>