Hola a todos,
me ha surgido una duda y no he encontrado nada por internet, a ver si me podeis echar una mano. Con respecto a los índices de velocidad de un neumático, por Ley ha de ser igual o superior al que marque la Ficha Técnica pero en nunca inferior (salvo con los neumáticos de invierno que, en estas latitudes, no vienen al caso).
La pregunta es: por Ley, ¿se pueden montar con índice de velocidad superior sin ninguna restricción? Si esta respuesta es SI, ¿cuáles son las consecuencias de montar neumáticos de mayor índice de velicidad que lo marcado en la Ficha? ¿mayores consumos? ¿problemas de degradación?... Se que puede ser una tontería de pregunta, pero estoy mirando el cambio de las gomas traseras y el modelo que me agrada tiene un índice de velocidad superior...
Un saludo.
me ha surgido una duda y no he encontrado nada por internet, a ver si me podeis echar una mano. Con respecto a los índices de velocidad de un neumático, por Ley ha de ser igual o superior al que marque la Ficha Técnica pero en nunca inferior (salvo con los neumáticos de invierno que, en estas latitudes, no vienen al caso).
La pregunta es: por Ley, ¿se pueden montar con índice de velocidad superior sin ninguna restricción? Si esta respuesta es SI, ¿cuáles son las consecuencias de montar neumáticos de mayor índice de velicidad que lo marcado en la Ficha? ¿mayores consumos? ¿problemas de degradación?... Se que puede ser una tontería de pregunta, pero estoy mirando el cambio de las gomas traseras y el modelo que me agrada tiene un índice de velocidad superior...
Un saludo.