Yo no lo hice con el préstamo, pero es legal, está recogido en el contrato. En el mío se recoge esto (las mayúsculas son cosecha propia):
b) Derecho de desistimiento recogido en la Ley de contratos de crédito al consumo: En el supuesto de que el prestatario tuviera la condición de consumidor, conforme a lo establecido en la Ley de contratos de crédito al consumo, éste dispondrá de UN PLAZO DE CATORCE DÍAS NATURALES PARA DESISTIR DEL PRESENTE CONTRATO naturales para desistir del presente contrato sin indicación de los motivos ni penalización alguna u otra compensación, excepto la compensación al prestamista de los gastos no reembolsables abonados por éste a la administración pública. El consumidor que ejerza el derecho de desistimiento deberá:
- Comunicarlo al financiador por cualquier medio admitido en derecho que permita dejar constancia de su recepción y contenido. Se considerará que se ha respetado el plazo si la notificación se ha enviado antes de la expiración del plazo, siempre que haya sido efectuada mediante documento en papel o cualquier otro soporte duradero a disposición del prestamista y accesible para él.
- Pagar al financiador el capital y el interés acumulado sobre dicho capital, calculado al tipo del contrato, desde la fecha de disposición del préstamo hasta la fecha efectiva de reembolso del capital al financiador, sin ningún retraso indebido, y a más tardar a los treinta días naturales de haber enviado la notificación de desistimiento.
Este derecho de desistimiento no implica en modo alguno el derecho a desistir de la compraventa realizada, que se regirá por su normativa específica.
El derecho de desistimiento recogido en este apartado no regirá en aquellos contratos de
préstamo de importe superior a 75.000 euros.
Saludos