Cámaras de grabación, o de como no aclarar nada

mitchankro

Miembro Master
22 Jun 2009
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Lugo
#2
Es muy complicado tal como está la ley de protección de datos que te admitan la grabación en un juicio.

Los derechos del delincuente...

Un saludo
 

Intredasting

Miembro Iniciado
15 Abr 2016
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Spain
#3
Las conclusiones que he sacado, con abogados y gente que se dedica a este área son, que si tienes una cámara que sólo graba exclusivamente cuando conduces y no lo publicas en ninguna parte (obvio), no tienes que tener ningún problema.. en principio.

Porque es un tema en tierra de nadie que depende de quién lo interprete.

Lo de "captación de imágenes de vía pública con fines de seguridad está reservada a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado" es cierto pero eso se refiere a grabación continua para la seguridad ciudadana.. llevar una cámara en un coche poco tiene que ver con prevenir la delincuencia.

La AGPD de todas maneras es una agencia con personalidad múltiple.. un día te dicen una cosa y al siguiente otra.

A ver si lo acaban regulando de una vez.
 

mitchankro

Miembro Master
22 Jun 2009
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Lugo
#4
Como sigan bajando más de precio las cámaras seguramente pille una, y ya veremos en caso de tener que echar mano de las imágenes si el juez las admite o no. En internet hay muchos vídeos, de los últimos que recuerde un ciclista al que un coche se le metió delante a cuchillo para coger una salida... y siempre dicen que la Guardia Civil está investigando las imágenes para localizar al infractor. La pregunta es, si las usa la G.C. sí que son válidas y si las usa un particular no? A saber...

Un saludo
 
JAD

V4L

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mig850

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6 Nov 2013
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#5
Desde luego que por los 30€ que cuesta una cámara deportiva fulera, no tienes nada que perder. Y llegado el caso, ya se vería.......y sobre todo ahora con la proliferación de mafias guiris a la caza de indemnizaciones por accidentes de tráfico (las rotondas son una estupenda fuente de ingresos).
 

txon

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15 Nov 2012
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Gijón
#6
varios apuntes: la LOPD (el nuevo Reglamento europeo) protege los datos de personas FÍSICAS, identificadas o identificables. Si las grabaciones son de uso particular, puedes grabar lo que te dé la gana en la calle (¿acaso no lo hacemos con el móvil? ¿graba algo la cámara que no vean primero tus propios ojos?). Eso sí, si te dedicas a publicar imágenes en youtube, asegúrate de difuminar los caretos de las personas.

Y por supuesto que pueden ser usadas como prueba en un juicio, penal, civil o laboral.

en resumen,

1.es completamente legal llevar una cámara grabando en tu coche.
2.si vas a hacer públicas las imágenes, haz que las personas no sean identificables, difumina las caras.
3. si tienes un accidente y tienes las imágenes, por supuesto que debes aportarlas como prueba, sin ningún miedo, que la AEPD no se te va a echar encima.